Inicio › Seguridad Social › IMV compatible con trabajo en 2026: cuánto pu
Revisa tu vida laboral, IMV o pensiones con o sin certificado.
Consultar en Importass · portal.seg-social.gob.es ↗El Ingreso Mínimo Vital es compatible con trabajar por cuenta ajena o propia en 2026 gracias al incentivo al empleo: los primeros 6.000 € anuales de rentas del trabajo están exentos y no reducen tu IMV, y el exceso computa solo parcialmente. Así puedes cobrar a la vez nómina e IMV si tu hogar sigue bajo la renta garantizada (de 733,60 € a 1.613,92 € más 115/80,50/57,50 € por menor). Debes comunicar el alta, la subida salarial o el cambio de jornada al INSS en 30 días desde sede.seg-social.gob.es > Comunicación de variación o Importass, y el INSS recalcula sin suspender el pago si sigues siendo elegible. Te explicamos el cálculo con ejemplos, los botones (Comunicar variación, Adjuntar nómina, Firmar y enviar), los pagos día 25 y los teléfonos 901 50 20 50 y 060.
Ejemplo 2026: hogar con renta garantizada de 1.000 € y un salario neto de 9.000 €/año. Exentos 6.000, computan 3.000 (250 €/mes). IMV = 1.000 − 250 = 750 €/mes más infancia si hay menores. Si el salario sube, el IMV baja pero no se pierde de golpe. No comunicar el empleo en 30 días genera cobros indebidos. Dudas en 901 50 20 50 y 060.
| Concepto | Dato 2026 | Fuente |
|---|---|---|
| Exención por trabajo | primeros 6.000 €/año exentos | Ley IMV / INSS |
| Renta garantizada | 733,60 a 1.613,92 €/mes | INSS 2026 |
| Plazo para comunicar empleo | 30 días | INSS |
| Pago mensual | orden día 25, banco 22-26 | INSS/bancos |
| Error | Causa | Solución |
|---|---|---|
| Patrimonio computado que bloquea pese a sueldo bajo | Ahorros o segunda vivienda | Revisa umbrales por miembros antes de firmar |
| Unidad de convivencia mal formada al añadir pareja | Padrón no actualizado | Empadrona y declara la variación en 30 días |
| CSV de la nómina no valida | Foto torcida de la nómina | Pide PDF a la empresa o escanea nítido |
| Móvil no registrado y no veo el recálculo | Avisos perdidos | Actualiza contacto y mira Mis notificaciones |
Sí si, tras la exención de 6.000 €, tus rentas siguen bajo tu renta garantizada. Con sueldos bajos o parciales es habitual; con sueldos altos el IMV se reduce a cero.
El INSS lo detecta vía AEAT y TGSS y te reclama lo cobrado de más, además de poder suspenderte. Comunícalo en 30 días en sede.
Por persona trabajadora dentro del hogar. Si trabajan dos miembros, cada uno tiene su exención en el cómputo.
En la siguiente revisión mensual o anual. Sigues cobrando mientras tanto; el ajuste llega con resolución y nuevo importe.
Teléfonos oficiales: 060 y 901 50 20 50. Ante cambios normativos revisa BOE y sede competente.
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