Web informativa independiente. No es la sede oficial ni está afiliada al SEPE.Ir a la web oficial del SEPE ↗

Inicio › Seguridad Social › IMV compatible trabajo requisitos

IMV compatible con el trabajo: requisitos [2026]

Actualizado a octubre de 2026 · Tiempo: 15 min · Dificultad: baja · Coste: gratuito · Por Equipo de Ayuda Trámites Oficiales, revisado jurídicamente

ℹ️ Aviso: web informativa independiente, no es sede oficial. No afiliada a SEPE, TGSS, INSS, FNMT, DGT ni AEAT. Verifica siempre en la sede oficial.
Publicidad
ad-top 320×100
🔒 Acceso oficial directo

Revisa tu vida laboral, IMV o pensiones con o sin certificado.

Consultar en Importass · portal.seg-social.gob.es ↗

Sí, puedes trabajar y cobrar el IMV a la vez: la ley diseñó la prestación como compatible con el empleo para que aceptar un contrato compense. En 2026 tu nómina o tus ingresos de autónomo cuentan como ingresos computables, pero con exenciones parciales que evitan que la ayuda desaparezca de golpe. La cuantía resultante es tu renta garantizada (de 733,60 € a 1.613,92 €) menos esos ingresos, más el complemento de infancia (115, 80,50 o 57,50 € por menor). Eso sí: debes comunicar el empleo en 30 días por portal.seg-social.gob.es o sede.seg-social.gob.es con Vía SMS de 6 dígitos, Cl@ve o certificado. Aquí tienes los cinco requisitos, el paso a paso, las cifras oficiales y los teléfonos 901 50 20 50 y 060.

Índice
  1. Requisitos previos
  2. Paso a paso en sede oficial
  3. Plazos, cuantías y validez
  4. Errores habituales y soluciones
  5. Preguntas frecuentes
  6. Fuentes oficiales

1. Requisitos previos

2. Paso a paso en la sede oficial

  1. Estima tu nueva cuantía en portal.seg-social.gob.es → Importass → Ingreso Mínimo Vital → Simulador IMV → Calcular, introduciendo tu salario bruto o rendimiento neto. [CAPTURA: simulador IMV con ingresos de trabajo]
  2. Comunica el empleo en Tus gestiones → Ingreso Mínimo Vital → Comunicar variación de ingresos o actividad laboral. [CAPTURA: menú Tus gestiones con la opción de variación]
  3. Identifícate con Vía SMS (Tipo y Número de documento, Fecha de nacimiento, Móvil, Aceptar y código de 6 dígitos), Cl@ve o certificado digital. [CAPTURA: pantalla ¿Cómo quieres acceder?]
  4. Cumplimenta Fecha de inicio del trabajo, Tipo de contrato o actividad por cuenta propia, Jornada y Salario bruto estimado; adjunta contrato o TA.1 en Adjuntar documentación. [CAPTURA: formulario de variación con adjuntos]
  5. Pulsa Firmar y enviar y descarga el Resguardo con CSV; verifícalo en sede.seg-social.gob.es → Comprobar CSV. [CAPTURA: resguardo con CSV]
  6. Revisa cada mes tu nómina en Tus gestiones → Consultar expediente y conserva nóminas y contratos: en la revisión anual el INSS regulariza al alza o a la baja. [CAPTURA: consulta de expediente con cuantía actualizada]
Publicidad
ad-incontent 336×280

3. Plazos, cuantías y validez

Comunica el empleo en 30 días naturales; la revisión anual del IMV se hace con datos AEAT del ejercicio anterior y puede generar atrasos o reintegros. La renta garantizada 2026 va de 733,60 € (adulto solo) a 1.613,92 €, más 115 / 80,50 / 57,50 € por menor según edad. Como marco: el subsidio de mayores de 52 son 480 € con tope de 915,75 €. El INSS ordena el pago el día 25 y el banco lo abona del 22 al 27. Comunicar a tiempo evita el cobro indebido; hacerlo tarde obliga a devolver con recargo pero no te expulsa automáticamente si sigues cumpliendo requisitos.

ConceptoDato 2026Fuente
Renta garantizada IMV733,60 € – 1.613,92 €/mesSeguridad Social · LPGE 2026
Complemento infancia115 € / 80,50 € / 57,50 €Seguridad Social · IMV
Plazo comunicar empleo30 días naturalesSeguridad Social · IMV
Subsidio +52 / límite rentas480 € / 915,75 €SEPE · BOE RD 126/2026
Pago IMVOrden día 25, banco 22-27INSS · operativa bancaria
Revisión anualCon datos AEAT, regularizaINSS

4. Errores habituales y soluciones

ErrorCausaSolución
No comunicar el trabajo a tiempoDesconocimiento del plazo de 30 días.Comunica hoy mismo por Importass con SMS/Cl@ve/certificado y guarda el CSV.
Cobro indebido tras subir la jornadaLa cuantía no se recalculó y seguiste cobrando de más.Devuelve en plazo voluntario, pide fraccionamiento y actualiza ingresos estimados.
Autónomo sin TA.1 aportadoEl alta RETA no consta vinculada al expediente IMV.Adjunta el TA.1 y los trimestrales como mejora del expediente en la Sede.
Simulador con neto en vez de brutoEl simulador pide ingresos brutos computables.Repite la simulación con el bruto de nómina y compara con tu resolución con CSV.

5. Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar y cobrar el IMV a la vez en 2026?

Sí. El IMV es compatible con el empleo por cuenta ajena o propia. Tus salarios cuentan como ingresos computables, pero con exenciones parciales para incentivar el empleo: la ayuda se reduce, no se pierde automáticamente.

¿Tengo que comunicar al INSS que empiezo a trabajar?

Sí, en 30 días naturales desde el inicio del trabajo, por Importass o Sede con Vía SMS de 6 dígitos, Cl@ve o certificado. No comunicarlo genera cobros indebidos que luego te reclaman con recargo.

¿Cuánto me descuentan del IMV si trabajo?

Depende de tu renta garantizada (733,60 a 1.613,92 euros) menos tus ingresos computables con sus exenciones. Usa el simulador IMV de Importass con tu salario bruto para estimarlo antes de firmar el contrato.

¿Ser autónomo es compatible con el IMV?

Sí, con alta en RETA mediante el modelo TA.1. Los rendimientos netos de la actividad cuentan como ingresos. Guarda altas, bajas y trimestrales para la revisión anual del INSS. Dudas: 901 50 20 50 y 060.

Artículos relacionados

🔒 Fuentes y accesos oficiales

Teléfonos oficiales: 060 y 901 50 20 50. Ante cambios normativos revisa BOE y sede competente.

← Volver al inicio

Redactado por Equipo de Ayuda Trámites Oficiales. Revisado octubre de 2026 según sedes oficiales. Aviso legal completo (LSSI-CE). Esta web puede mostrar publicidad AdSense.

Publicidad 320×50