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IMV denegado: cómo reclamar sin certificado por SMS [2026]

Actualizado a octubre de 2026 · Tiempo: 25 min · Dificultad: media · Coste: gratuito · Por Equipo de Ayuda Trámites Oficiales, revisado jurídicamente

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Te han denegado el Ingreso Mínimo Vital y no tienes certificado digital: puedes reclamar igualmente. En 2026 el INSS permite consultar la resolución y presentar la reclamación previa por Vía SMS con código de 6 dígitos, sin certificado digital ni DNIe. El plazo es de 30 días hábiles y la mayoría de denegaciones (rentas, patrimonio, convivencia o empadronamiento) se revierten aportando la prueba correcta. Tienes los requisitos, el recorrido por portal.seg-social.gob.es y sede.seg-social.gob.es, las cuantías de 2026, los cuatro errores que más reclamaciones tumban y la ayuda del 901 50 20 50 y el 060.

Índice
  1. Requisitos previos
  2. Paso a paso en sede oficial
  3. Plazos, cuantías y validez
  4. Errores habituales y soluciones
  5. Preguntas frecuentes
  6. Fuentes oficiales

1. Requisitos previos

2. Paso a paso en la sede oficial

  1. Entra en portal.seg-social.gob.es, pulsa Importass y luego Tus gestiones → Ingreso Mínimo Vital → Consultar expediente y notificaciones. [CAPTURA: portada de Importass con el botón Tus gestiones]
  2. En ¿Cómo quieres acceder? elige Vía SMS. Introduce Tipo y Número de documento, Fecha de nacimiento y Número de móvil y pulsa Aceptar. Recibirás un código SMS de 6 dígitos válido unos minutos; escríbelo y pulsa Acceder. [CAPTURA: pantalla de acceso Vía SMS con el campo del código]
  3. Localiza tu expediente denegado, abre la Resolución y descárgala en PDF. Anota el CSV del pie y el motivo. [CAPTURA: detalle del expediente con la resolución denegatoria]
  4. Ve a sede.seg-social.gob.es → Ciudadanos → Reclamaciones y alegaciones → Presentar reclamación previa ante el INSS. Accede de nuevo por Vía SMS o con Cl@ve PIN si quieres firma. [CAPTURA: Sede electrónica, ruta Ciudadanos Reclamaciones]
  5. Rellena el formulario: Número de expediente, Fecha de la resolución, Motivo por el que discrepas (cita el párrafo de la resolución) y Documentos que aportas. Adjunta los PDF en Adjuntar documentación, revisa y pulsa Firmar y enviar. [CAPTURA: formulario de reclamación previa con adjuntos]
  6. Guarda el Resguardo con CSV y el número de registro. Verifícalo en Comprobar CSV de la Sede y conserva copia: prueba que reclamaste en plazo. [CAPTURA: resguardo con CSV y número de registro]
  7. Si el simulador IMV te daba cuantía positiva y te deniegan por rentas, repite la simulación con los datos del ejercicio computable y adjunta la captura junto a tu renta AEAT. [CAPTURA: simulador IMV con resultado orientativo]
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3. Plazos, cuantías y validez

La reclamación previa se presenta en 30 días hábiles desde la notificación (art. 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El INSS tiene 45 días para responder; si no contesta, se entiende desestimada y puedes ir al Juzgado de lo Social en 30 días. De referencia en 2026: el IMV va de 733,60 € a 1.613,92 €, el complemento de infancia es de 115 €, 80,50 € o 57,50 €, y el límite de rentas del subsidio de mayores de 52 es 915,75 €. El pago del IMV lo ordena el INSS el día 25 (ingreso bancario el 22-24 con adelanto o el 26-27 según entidad).

ConceptoDato 2026Fuente
Renta garantizada IMV (1 adulto solo)733,60 €/mesSeguridad Social · LPGE 2026
Renta garantizada máxima IMV1.613,92 €/mesSeguridad Social · LPGE 2026
Complemento infancia por menor115 € / 80,50 € / 57,50 €Seguridad Social · IMV
Subsidio mayores de 52480 €/mesSEPE · 80 % IPREM
Límite de rentas (75 % SMI)915,75 €/mesBOE RD 126/2026
Plazo reclamación previa INSS30 días hábilesArt. 71 LRJS

4. Errores habituales y soluciones

ErrorCausaSolución
«Datos no correctos» al entrar por Vía SMSEl móvil no coincide con el registrado en la TGSS o la fecha de nacimiento del padrón difiere.Actualiza el teléfono en Importass con Cl@ve o pide cita en TGSS; verifica tu fecha exacta en el DNI.
No llega el código de 6 dígitosCobertura, SMS bloqueados o móvil antiguo dado de alta.Espera 3 minutos, reintenta una sola vez, desactiva el filtro antispam y prueba con Cl@ve PIN.
Reclamación fuera de plazoSe cuentan 30 días hábiles desde la notificación DEHú o en papel, no desde que lees el correo.Presenta de inmediato por Sede aunque falte un documento y aporta el resto como «mejora» del expediente.
Adjuntos rechazados o PDF en blancoArchivos de más de 10 MB, fotos torcidas o bloqueador de emergentes.Escanea en PDF claro, reduce a menos de 10 MB, permite emergentes y comprueba el CSV del resguardo.

5. Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar un IMV denegado sin certificado digital, solo con el móvil?

Sí. Con DNI/NIE, fecha de nacimiento y móvil registrado en la TGSS puedes entrar por Vía SMS con código de 6 dígitos, descargar la resolución con CSV y presentar la reclamación previa desde la Sede con Vía SMS o Cl@ve. Solo la firma con certificado o Cl@ve Permanente da firma avanzada en algunos escritos.

¿Qué plazo tengo para reclamar tras la denegación del IMV?

30 días hábiles desde la notificación para la reclamación previa ante el INSS (art. 71 LRJS). Si te notifican por la DEHú o en papel, cuenta desde el día siguiente. No lo dejes para el final: presenta aunque te falte un documento y aporta el resto después.

¿Qué documentos adjunto si me deniegan por superar rentas o patrimonio?

Certificado integral de prestaciones, renta AEAT del ejercicio computable, extractos bancarios que aclaren saldos medios, escrituras o notas simples si hay inmuebles no habituales, y certificado de empadronamiento colectivo. Todo en PDF de menos de 10 MB con el CSV visible.

¿Puedo reclamar por teléfono en el 901 50 20 50 o el 060?

Por teléfono te informan del motivo exacto de denegación y te ayudan a preparar el escrito, pero la reclamación previa debe presentarse por escrito: Sede electrónica, Importass o presencial con cita. El 901 50 20 50 (INSS) y el 060 resuelven dudas de lunes a viernes.

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🔒 Fuentes y accesos oficiales

Teléfonos oficiales: 060 y 901 50 20 50. Ante cambios normativos revisa BOE y sede competente.

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