Inicio › Seguridad Social › Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital paso a paso en Importass [2026]
Revisa tu vida laboral, IMV o pensiones con o sin certificado.
Consultar en Importass · portal.seg-social.gob.es ↗El Ingreso Mínimo Vital protege en 2026 a los hogares sin ingresos suficientes con una renta garantizada mensual que va de 733,60 euros para una persona sola hasta 1.613,92 euros para las unidades de convivencia más grandes. La solicitud se presenta en el portal Importass de la Seguridad Social, donde eliges entre Vía SMS con código de 6 dígitos, Cl@ve PIN o Permanente o certificado digital, adjuntas la documentación en PDF y recibes un resguardo con CSV para seguir el expediente. Esta guía te lleva pantalla a pantalla por el servicio Solicitar Ingreso Mínimo Vital, con los requisitos de residencia, rentas y convivencia que comprueba el INSS, los plazos reales de resolución y las soluciones a los fallos más frecuentes del portal.
El IMV no tiene plazo de solicitud: puedes pedirlo cualquier día del año y los efectos económicos nacen el primer día del mes siguiente a la presentación si la resolución es estimatoria. El INSS dispone de 6 meses para resolver y notificar; en la práctica de 2026 la mayoría de expedientes completos se resuelven entre 2 y 4 meses, con pagos agrupados a mes vencido. La nómina del IMV se ordena sobre el día 25 de cada mes y el ingreso llega a tu banco entre el 22 y el 25 según la entidad, con atrasos en la primera nómina. Las cuantías 2026 confirman la renta garantizada entre 733,60 y 1.613,92 euros mensuales según composición del hogar, más el complemento a la infancia de 115 euros de 0 a 3 años, 80,50 euros de 3 a 6 años y 57,50 euros de 6 a 18 años.
| Concepto | Dato 2026 | Fuente |
|---|---|---|
| Renta garantizada IMV mensual | 733,60 € (1 adulto) hasta 1.613,92 € | Ley 19/2021 · portal.seg-social.gob.es |
| Complemento ayuda a la infancia por menor | 115 € (0-3) · 80,50 € (3-6) · 57,50 € (6-18) | Ley 19/2021 · LPGE 2026 |
| Plazo de resolución del INSS | 6 meses · práctica 2-4 meses | sede.seg-social.gob.es |
| Orden de pago IMV | Día 25 · banco 22-25 | INSS · operativa bancaria |
| Referencia subsidio +52 / límite rentas | 480 € · 915,75 €/mes (75% SMI) | SEPE · BOE RD 126/2026 (SMI 1.221 €) |
| Error | Causa | Solución |
|---|---|---|
| El código SMS de 6 dígitos no llega | Móvil no registrado en la TGSS o cobertura y filtros antispam | Actualiza el móvil en Importass con Cl@ve o en el 901 50 20 50 y pide el código una sola vez más |
| Datos no correctos al identificarme | Fecha de nacimiento o documento distintos de los del padrón y la TGSS | Copia el DNI o NIE sin guiones ni espacios y la fecha exacta del padrón; si cambiaste de NIE a DNI, actualiza primero en una oficina con cita |
| El botón Firmar y enviar no responde | Navegador con bloqueador de emergentes, PDF dañado o sesión caducada | Usa Chrome o Edge actualizado, permite ventanas emergentes de seg-social.gob.es, vuelve a adjuntar los PDF y firma antes de 30 minutos |
| Requerimiento de subsanación del INSS | Falta un miembro por empadronar o un justificante de rentas y patrimonio | Responde en 10 días hábiles desde sede.seg-social.gob.es con el CSV del resguardo y adjunta solo lo pedido en PDF inferior a 10 MB |
Sí. Usa Vía SMS con el código de 6 dígitos o Cl@ve PIN. Necesitas DNI o NIE y el móvil registrado en la Seguridad Social. El certificado solo es obligatorio para apoderar a otra persona.
El plazo legal es de 6 meses desde la solicitud completa. En la práctica la mayoría se resuelve entre 2 y 4 meses. Si pasan 6 meses sin respuesta, el silencio es desestimatorio y puedes reclamar.
Entre 733,60 euros al mes para una persona sola y 1.613,92 euros para las unidades más grandes, más el complemento a la infancia de 115, 80,50 o 57,50 euros por menor. El INSS resta tus rentas computables del año anterior.
Llama al 901 50 20 50 de la Seguridad Social o al 060. Ten a mano tu DNI, el número de solicitud con CSV y capturas del error para que el agente localice tu expediente.
Teléfonos oficiales: 060 y 901 50 20 50. Ante cambios normativos revisa BOE y sede competente. Fuentes: Ley 19/2021 del IMV, LPGE 2026, RD 126/2026 del SMI, portal.seg-social.gob.es y sede.seg-social.gob.es.
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