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Pedir prestación en SEPE · sepe.es ↗Comunicar tarde una colocación, marcar compatibilidad cuando tocaba suspensión o no reanudar a tiempo son los fallos que más cobros indebidos y suspensiones provocan al compatibilizar el paro con un trabajo. En esta guía 2026 analizamos los errores reales que detecta el cruce SEPE-Seguridad Social, cuánto te pueden reclamar y cómo reclamar si no estás de acuerdo: reclamación previa en 30 días hábiles, aportación de contrato y nóminas, y reanudación con certificado de empresa. También te explicamos cómo devolver solo lo indebido a plazos, cómo consultar la resolución en Dehú y cuándo pedir cita presencial o llamar al 91 273 83 84 y 060 antes de que la deuda crezca.
Contra una resolución de cobro indebido tienes 30 días hábiles para reclamación previa y otros 30 días hábiles para demandar al Juzgado de lo Social si te la desestiman. La reanudación tras un trabajo a tiempo completo debe pedirse en 15 días hábiles. En 2026 el cálculo sigue siendo 70% base 180 días y 60% después con topes IPREM; el subsidio +52 son 480 € y el límite de rentas 915,75 € (SMI 1.221 €, RD 126/2026). El pago sale el día 10 y el DARDE y la DAR anual siguen vigentes.
| Concepto | Dato oficial 2026 | Fuente |
|---|---|---|
| Prestación contributiva (paro) | 70% base reguladora 180 días, luego 60%, con topes por IPREM y revalorización anual | SEPE / LGSS |
| Topes máximos y mínimos paro | Topes según IPREM 2026 (más altos con hijos a cargo); mínimos proporcionales a jornada | SEPE |
| Subsidio mayores de 52 años | 480 €/mes (80% IPREM) hasta jubilación ordinaria | SEPE |
| Límite de rentas subsidios | 915,75 €/mes (75% SMI) | SEPE |
| SMI 2026 | 1.221 €/mes en 14 pagas | BOE RD 126/2026 |
| Plazo solicitud prestación/subsidio | 15 días hábiles desde el hecho causante o agotamiento | SEPE / RD 2/2024 |
| Renovación DARDE / sellado | Periódica según tarjeta DARDE; sellado anual DAR para subsidios con rentas | SEPE / Servicios autonómicos de empleo |
| Error | Causa | Solución |
|---|---|---|
| Dejar pasar los 30 días de reclamación | Creer que llamando basta; la resolución deviene firme. | Presenta reclamación previa por sede o registro antes del día 30 aunque sea breve, y amplía después. |
| Reclamar sin aportar contrato ni nóminas | Escrito genérico sin prueba de jornada; el SEPE lo desestima. | Adjunta contrato con jornada, nóminas del solape y vida laboral con altas y bajas. |
| No pedir reanudación tras cese a tiempo completo | Esperar a que se reactive solo; se pierde retroactividad. | Pide Reanudación en 15 días hábiles con certificado de empresa. |
| Ignorar notificaciones Dehú | No revisar Dehú y enterarse tarde de la resolución. | Activa avisos por email y revisa Dehú semanalmente; pide duplicado en el 060. |
Sí, si demuestras que parte del periodo trabajaste a tiempo parcial y te correspondía compatibilidad parcial. Aporta contrato y nóminas en reclamación previa y pide recálculo proporcional en lugar de devolución total.
Sí. Solicita compensación con la prestación actual (descuento mensual) o aplazamiento en recaudación. Llama al 91 273 83 84 o al 060 para que te apliquen el descuento mínimo legal y no te dejen sin ingresos.
La resolución se hace firme y pasa a vía ejecutiva con recargos. Aun así, puedes pedir revisión por hechos nuevos o acudir al Juzgado solo si hubo indefensión, pero es mucho más difícil. Respeta siempre el plazo.
No es obligatorio en primera instancia, pero es muy recomendable. Los sindicatos y el turno de oficio del colegio de abogados ofrecen ayuda gratuita si cumples requisitos de renta. Lleva resguardo CSV y resolución.
Teléfonos oficiales: 91 273 83 84 y 060. Ante cambios normativos revisa BOE y sede competente.
← Volver al inicioRedactado por Equipo de Ayuda Trámites Oficiales. Revisado octubre de 2026 según sedes oficiales. Aviso legal completo (LSSI-CE). Esta web puede mostrar publicidad AdSense.